Fue una práctica extendida en la pandemia. Aerolíneas que canjeaban billetes de vuelos cancelados o alterados por la covid-19 por bonos para utilizar en otros viajes dentro de un plazo determinado. Es lo que entregaron a una pareja navarra que había comprado ocho billetes de ida y vuelta de un vuelo Madrid-Ciudad de México que después acabó suspendido. Los pasajeros no aceptaron el canje, reclamaron la devolución en efectivo y un juzgado de Pamplona les ha dado la razón: la aerolínea mexicana ha tenido que reembolsar los 2.241 euros más intereses.
Hasta lograrlo, la pareja ha tenido que aguardar más de tres años. Los ocho billetes fueron adquiridos el 19 de noviembre de 2019, pero dado el estado de alarma que se decretó después, ambos vuelos fueron suspendidos. La compañía entregó un bono a los pasajeros afectados, sin informar del plazo de validez y sin ofrecer otra posibilidad. La pareja reclamó por correo el reembolso del precio abonado, pero su demanda no fue atendida.
Hasta que lo ha decidido el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona. La magistrada subraya que la Comisión Europea validó en 2020 este tipo de bonos para pasajeros que, aunque los vuelos siguieran programados, ya no quisieran viajar debido a las restricciones o condiciones sanitarias por covid-19, pero ya advirtió que cuando la compañía cancelaba el vuelo, el viajero sí tenía derecho a optar por el reembolso del dinero.
CLAVES
1 Bono. La Comisión Europea validó en 2020 que las compañías ofrecieran estos bonos (para otro viaje con el mismo transportista dentro de un plazo) a pasajeros que ya no desearan viajar por brotes de covid-19 o no estuvieran autorizados a hacerlo.
2 Reembolso. Si era la compañía la que cancelaba el vuelo, que ofreciera la opción del bono al pasajero “no podía afectar al derecho del viajero de optar al reembolso si así lo prefería”.