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Desahucios

El Defensor del Pueblo pide que se cambie el decreto sobre desahucios

Javier Enériz ha pedido este viernes la modificación del decreto aprobado el pasado 15 de noviembre, ya que es "de escasísima eficacia y aplicación"

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  • EFE. PAMPLONA
Actualizado el 22/02/2013 a las 13:10
El Defensor del Pueblo de Navarra, Javier Enériz, ha propuesto este viernes modificar el decreto sobre suspensión de desahucios aprobado el pasado 15 de noviembre por considerar que, tal como está redactado, resulta "de escasísima eficacia y aplicación".

Según ha informado este viernes la institución, Enériz se ha dirigido a la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, para pedirle que estudie e impulse un conjunto de modificaciones del Real Decreto-ley 27/ 2012, que suspende durante dos años el lanzamiento de los deudores hipotecarios de su vivienda habitual.

El Defensor del Pueblo de Navarra ha concluido que los requisitos que establece el decreto, para que los afectados puedan beneficiarse de la moratoria, "son excesivamente restrictivos y no dan solución a la mayoría de las familias que tienen que hacer frente a la deuda hipotecaria y ven amenazada su vivienda por imposibilidad temporal de pago".

A esta consideración ha llegado tras conocer los resultados de los servicios de mediación hipotecaria que tienen el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, que se pusieron en marcha hace unos meses para asesorar a las familias afectadas por procesos de desahucios.

Desde su entrada en funcionamiento en octubre, en el servicio de mediación del Gobierno de Navarra, hasta el 25 de enero, se habían recibido 259 solicitudes de mediación, de las que 46 se habían resuelto de forma satisfactoria entre el titular de la vivienda y la entidad bancaria, dieciocho con acuerdos de daciones en pago.

En otros quince casos se lograron reestructuraciones con novación de la deuda y períodos de carencia, uno fue una condonación y el resto moratorias, y sólo dos se pudieron acoger al decreto-ley de suspensión de los desahucios por cumplir los requisitos, según ha destacado en un comunicado la institución navarra.

En el del Ayuntamiento de Pamplona, se habían recibido desde septiembre hasta el 23 de enero 85 solicitudes, de las que 21 se encuentran finalizadas, doce con acuerdo entre la entidad y el titular de la vivienda y nueve sin acuerdo.

En su propuesta de modificación, Enériz plantea que al decreto ley se puedan acoger todas las familias con uno o más hijos menores de edad, ya que ahora, con un hijo mayor de tres años y menor de 18, pueden ser expulsadas de su vivienda, lo que puede ser contrario a la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución.

Asimismo, pide que se eleve a cinco veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) el límite de ingresos de la unidad familiar, por ser la cuantía actual (532 euros) excesivamente baja, ya que son muchas las familias de clase media que han perdido su trabajo o han visto reducidos sus ingresos.

Enériz es partidario de que las circunstancias económicas que requiere el decreto-ley, junto con la concurrencia de encontrarse la familia en un caso de especial vulnerabilidad, se consideren, por sí solas, supuestos que permitan acogerse a la suspensión de los lanzamientos.

La actual redacción exige, para beneficiarse de la suspensión del desahucio, que sea una familia en una situación determinada de especial vulnerabilidad y que esté en una mala situación económica.

Con la reforma que propone, se podría aplicar a cualquier familia que entrase en estos supuestos: tener unos ingresos bajos; padecer alteraciones económicas en los cuatro años (pérdida de trabajo, fundamentalmente); contar con una hipoteca superior al 50 por cien de sus ingresos netos; ser familias con niños, desempleados, personas discapacitadas, enfermos graves o víctimas de la violencia de género.

"Entonces sí que el Decreto-ley tendría una eficacia real y social", ha afirmado Enériz, para quien de esta manera se recuperaría la finalidad del decreto de permitir suspender durante dos años las ejecuciones hipotecarias de la vivienda habitual.
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