Desahucios
Enériz ve legítima la expropiación, pero cree que hay otras vías

- efe. pamplona
El Defensor del Pueblo de Navarra, Javier Enériz, ha considerado "legítima" la expropiación de viviendas cuando hay "un incumplimiento de la función social de la propiedad", pero cree que hay otras vías como la aplicación de la legislación concursal.
Enériz ha hecho estas afirmaciones al ser preguntado por el Decreto-Ley aprobado sobre las expropiaciones de viviendas por el Gobierno andaluz, antes de comparecer en sesión parlamentaria, a propuesta de I-E, para hablar sobre el Decreto Ley de suspensión de las moratorias durante dos años de las hipotecas, una norma que, a su juicio, "no funciona", por lo que ha pedido su modificación.
Al respecto, ha recordado que ha habido tres iniciativas del Gobierno en relación con las hipotecas, el primero, el Código de Buenas Prácticas que fue voluntario y que "no ha dado los resultados esperados, porque las entidades financieras no se han adherido a el con carácter obligatorio".
Luego se aprobó el citado Decreto Ley de suspensión de desahucios durante dos años que "tampoco ha sido eficaz, ya que en Navarra de 400 casos solo se ha podido aplicar a dos".
Y actualmente hay una tercera iniciativa, que es la modificación de la legislación hipotecaria que se está debatiendo en el Congreso, y que se junta con la iniciativa legislativa popular sobre temas de dación en pago.
Respecto al objeto de su comparecencia, ha incidido en la "baja eficacia" del mencionado Decreto Ley debido al "cúmulo de rigideces" que establece para poder aplicarse, por lo que ha pedido que se modifique con "propuestas constructivas como es la ampliación del campo de familias y personas que puedan acogerse a él".
Sobre el Decreto aprobado en Andalucía ha comentado que le ha sorprendido la "bronca o discusión" que se generado, ya que "la expropiación de viviendas por incumplimiento de la función social a cualquier persona física o jurídica está contemplada en la ley de expropiación forzosa", y en muchas leyes autonómicas, entre ellas leyes de Navarra.
Esto significa, ha explicado, que se pueden expropiar viviendas a personas físicas o jurídicas, entre las que entran las entidades bancarias, cuando se considere por parte de la administración que hay un incumplimiento de la función social de la propiedad.
A su juicio, son varios los supuestos del incumplimiento de la función social de la propiedad, uno de ellos que las viviendas estén vacías o no se garanticen los derechos y deberes que tiene cualquier propietario sobre esas viviendas.
Por ello, ha agregado una comunidad puede mediante una norma de rango de ley establecer criterios por los que va a expropiar una vivienda cuando considere que, por ejemplo, con un desahucio se perjudican los intereses de otras personas.
"Esto no es nada absolutamente aberrante", porque el derecho lo contempla y la administración aplica la expropiación a un particular cuando quiere hacer una carretera o un polígono industrial, una vía a la que se acude "con cierta normalidad, lo que cambian son los supuestos".
"Se expropia también, si se quiere, para viviendas de entidades bancarias si están vacías y se considera que personas se van a ver perjudicadas", ha argumentado el Defensor del Pueblo, para quien "es una decisión legítima que los poderes públicos pueden adoptar tranquilamente".
No obstante, ha precisado que, a su juicio, este "no es el camino a seguir", ya que, además de la iniciativa del Gobierno andaluz o la dación de pago, se puede aplicar la legislación concursal, la antigua suspensión de pagos o quiebra, en la que hay que hablar con los acreedores.
En todo este proceso, ha lamentado, se da una situación "muy injusta" y es que una persona puede perder su vivienda por no pagar cuatro meses, porque se considera que ya no puede cumplir con todo el préstamo, cuando es una cantidad mucho más reducida.
"Muchas veces matamos pulgas a cañonazos. La legislación hipotecaria es muy dura con aquellos que dejan de pagar unas mensualidades, porque presume que no va a poder pagar en todo el tiempo", ha concluido.
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