Consumo
Claves para reclamar por el cártel de los coches

Publicado el 09/01/2022 a las 06:00
- ¿Cuánto tiempo hay para pedir la indemnización? El plazo para solicitar estas indemnizaciones es de un año a partir del momento en que se publican las sentencias del Supremo. Aunque la condena de pagar a los afectados es muy reciente, cada sentencia se produjo en un determinado momento anterior -se empezaron a publicar sentencias a partir de enero de 2021- tras los recursos interpuestos por las marcas y concesionarios, por lo que los afectados deben estar al tanto de cuándo salió la sentencia que afecta a su vehículo. Estas son algunas de las fechas límite más próximas en función del fabricante, todas ellas en 2022: 15 de enero (Nissan); 19 de febrero (General Motors); 5 de marzo (Honda y Toyota); 6 de mayo (Renault); 13 de mayo (Ford) y 17 de mayo (Hyundai).
- ¿Qué marcas de coches se pueden reclamar? En principio la marcas susceptibles de solicitar la reclamación son: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo. El Grupo Volkswagen (Audi, Porsche, Skoda, Volkswagen y Seat fue absuelto de la sanción millonaria de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al destapar el caso ante los tribunales.
- ¿Cuándo tuvo que comprar el automóvil? Entre febrero de 2006 y agosto de 2013. También podrán reclamar esta indemnización aquellos propietarios que heredaron uno de los vehículos afectados por el cártel siempre que posean toda la documentación necesaria.
- ¿Qué documentación necesito para reclamar? Para dar comienzo a los trámites es necesario presentar la factura de compra (o resguardo de transferencia bancaria que se realizó al concesionario), el permiso de circulación del coche y su ficha técnica. Si el vehículo fue vendido, el reclamante deberá aportar el documento donde ponga el precio de venta o valor final con el que se cerró la operación.
- ¿A qué indemnización se puede optar? Puede ascender a entre el 10% y el 15% del precio de compra del vehículo, a lo que habría que sumar los intereses y restar los gastos judiciales. Se trata, en concreto, del 10% del valor del vehículo más los intereses -de media en los años afectados por la reclamación oscila entre el 35 y el 40%- . La cifra en todo caso dependerá de la fecha de compra, de la marca y del modelo de cada automóvil. Si pagó por su coche 30.000 euros, se podría recibir 3.000 euros. Para calcular la cuantía se tendrán en cuenta diversos agravantes, como el tiempo durante el cual formó parte del cártel o el beneficio económico que obtuvo de estas prácticas. Cerca del 90% de las reclamaciones en casos de cárteles en España durante los últimos años, se han saldado con resultado favorable para los reclamantes.
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